Por el Profesor Felipe Argote
La historia se repite, pero esta vez con un matiz
de cinismo que raya en la desfachatez. El caso del CEPANIM, ese Certificado de
Pago Negociable por Intereses por Mora, se ha convertido en un monumento a la
injusticia financiera y a la condescendencia burocrática. Los jubilados
panameños, quienes esperaron décadas por lo que legítimamente les correspondía,
ahora son tratados como analfabetos económicos por los mismos
"expertos" que diseñaron este esquema leonino.
El origen del CEPANIM se remonta a una deuda del
Estado, generada por intereses no pagados sobre los décimos tercer mes
retenidos entre 1972 y 1983. Una deuda que, por mandato de la Corte Suprema de
Justicia, debía ser honrada. Sin embargo, la forma en que se ha estructurado su
pago es una afrenta a cualquier principio básico de las finanzas
El
15 de enero de 2026 el presidente José Raúl Mulino sancionó la Ley 506, que
ordena pagar los intereses por mora derivados de la retención de la segunda
partida del décimo tercer mes de los años 1972 a 1983, un reclamo histórico de
unos 400 mil jubilados y pensionados panameños obligado por la Corte Suprema de
Justicia y una votación unánime de la Asamblea Nacional de Diputados. El
instrumento elegido fue el Certificado de Pago Negociable por Interés por Mora
—el CEPANIM— como el cierre de una deuda de más de cuatro décadas.
Hay
un problema: el diseño técnico del CEPANIM reproduce, con otro nombre, el mismo
mecanismo de despojo que dice estar corrigiendo. Y los funcionarios que
diseñaron ese mecanismo lo saben con precisión actuarial, mientras salen a los
medios a sugerir que el reclamo de los jubilados es producto de su
desconocimiento financiero.
EL
PROBLEMA EN TRES FASES
Primero. El CEPADEM —capital más 3% de interés solo
entre 1972 y 1983— se pagó sin reconocer jamás el interés por la mora en que
incurrió el propio Estado al tardar décadas en pagar. o sea que nunca pagó los
intereses entre 1983 y 2017. El CEPANIM nace, en teoría, para corregir esa
omisión.
Segundo. El cálculo del CEPANIM se hizo con interés
simple, no compuesto, y solo hasta el año 2017. Esto no es una interpretación
mía: el propio diseño oficial reconoce que el CEPADEM incluía el pago del
capital y de los intereses al 3%, mientras que el CEPANIM contempla únicamente
los intereses por mora generados hasta 2017. Es decir, el reloj de la mora se
detuvo en 2017, hace años por decreto, no porque la deuda se haya pagado ese
año.
Tercero. El pago real no ocurre en 2017, ni en
2018, ni en 2020: ocurre en 2026, mediante certificados negociables con fechas
de vencimiento escalonadas que se extienden hasta 2032. El Estado, entonces,
comete el mismo pecado que está pagando por corregir —diferir una obligación
sin compensar el tiempo transcurrido— pero ahora dentro del propio instrumento
que se supone repara el primer diferimiento.
POR QUÉ EL INTERÉS SIMPLE ES, DE POR SÍ, UN SUBSIDIO DEL JUBILADO AL ESTADO
El
interés simple ignora que el dinero no cobrado deja de producir rendimiento
sobre sí mismo. Sobre un horizonte de 30 o 40 años, la diferencia entre interés
simple y compuesto no es marginal: es la diferencia entre reconocer una deuda y
reconocer una fracción de ella.
Tomemos
un ejercicio puramente ilustrativo, no el cálculo real de ningún beneficiario
específico. Si el Estado retuvo B/.1,000 en 1980 y los liquida 37 años después:
|
Método |
Fórmula |
Interés reconocido |
|
Simple
(3% anual) |
1,000
× 0.03 × 37 |
≈
B/.1,110 |
|
Compuesto
(3% anual) |
1,000
× (1.03³⁷ − 1) |
≈
B/.1,985 |
El
interés compuesto casi duplica el simple en ese horizonte. Cualquier
especialista en finanzas conoce esta diferencia porque es la primera fórmula
que se enseña en un curso de valor del dinero en el tiempo en su primer año de economía
o de licenciatura en finanzas. elegir interés simple para una deuda de cuarenta
años no es un descuido: es una decisión que reduce el pasivo del Estado a costa
del jubilado.
EL
SEGUNDO DIFERIMIENTO: PAGAR 2026 CON LA CALCULADORA DE 2017
Aun
aceptando —sin conceder— que el cálculo se hiciera correctamente hasta 2017, el
Estado siguió sin pagar durante nueve años más. Esos nueve años de mora
adicional no generan, en el diseño actual, ni un centavo de interés reconocido.
El jubilado financia al Estado dos veces: la mora original (1972-2017) y la
nueva mora silenciosa (2017-2026), esta última invisibilizada porque el
certificado se calculó y emitió con fecha de corte fija.
EL
TERCER DIFERIMIENTO: PAPEL POS-FECHADO Y EL SUPUESTO "ROBO" DEL BANCO
Aquí
está la parte que los funcionarios no quieren explicar. El CEPANIM no se
entrega como efectivo disponible de inmediato: se entrega como certificados con
vencimientos que llegan hasta 2032. Quien necesita liquidez hoy —y la mayoría
de los jubilados beneficiarios septuagenarios y octogenarios la necesita,
porque para eso reclamaron el pago— tiene que vender o descontar ese
certificado en un banco antes de su vencimiento porque saben que muchos no estarán
en este planeta dentro de 6 años.
Cuando
un banco descuenta un instrumento post-fechado, no está cobrando un capricho:
está aplicando la tasa de interés de mercado al tiempo que falta para el
vencimiento. Si la tasa de referencia del mercado panameño está en torno al 5%
anual, el valor presente de un certificado que vence dentro de seis años (2026
a 2032) es:
Valor
presente = Valor nominal ÷ (1.05)⁶ ≈ Valor nominal × 0.746
Es
decir, un descuento de aproximadamente 25% frente al valor facial. El 23% que
los jubilados denuncian que "el banco les quita" no es una anomalía
bancaria ni una señal de que no entienden el sistema financiero: es, casi al
centavo, la huella aritmética del costo que el propio Estado se negó a
reconocer dentro del certificado.
El
banco está haciendo matemática financiera elemental y correcta. El problema no
es el banco: es que el Estado emitió un instrumento con vencimiento futuro sin
incorporarle un cupón o un factor de actualización a tasa de mercado que
compensara exactamente esa espera. Al no hacerlo, trasladó el costo financiero
—que le corresponde a quien retrasó el pago— hacia el eslabón más débil de la
cadena: el jubilado que no puede esperar hasta 2032 para comer. Aunque
tratándose no de un banco privado sino del Banco Nacional el interés que aplica
es exagerado porque utiliza la propia plata de los jubilados para pagar el
certificado emitido por el estado.
EL ABSURDO DEL DESCUENTO BANCARIO: PRÉSTAMO CONTRA TU PROPIO DINERO
Aquí
entra el elemento más escandaloso de esta operación. El Estado no entrega
efectivo, sino certificados posfechados que vencen hasta 2032. Para obtener
liquidez, el jubilado debe acudir al Banco Nacional, la misma institución que
custodia las jubilaciones de esos mismos adultos mayores.
Desde
una perspectiva financiera técnica, esto no es un préstamo de riesgo; es una
pignoración. El banco tiene el dinero de la jubilación y tiene el certificado
del Estado como garantía. El riesgo para el banco es cero. En cualquier mercado
financiero serio, un préstamo garantizado por un plazo fijo o fondos propios
(como lo es en la práctica este certificado para el Banco Nacional) conlleva
una tasa de interés mínima, usualmente entre el 1% y el 2%.
¿Cómo
se justifica entonces un descuento que llega al 23% o 26%? Es un abuso de
posición dominante. El banco está cobrando tasas de préstamo de consumo
personal a una operación que tiene garantía soberana y custodia de fondos. Es
cobrarle al jubilado un interés de mercado abierto por prestarle su propio
dinero.
CASO
PRACTICO JUBILADO CON B/.1,000 RETENIDOS EN 1983
Antes
de los números, dejo explícitos los supuestos:
- Supongamos
un Capital retenido en 1983 de B/.1,000
- Tasa
legal del CEPADEM: 3% anual (es la tasa oficialmente documentada para este
instrumento)
- Fecha
real de pago del CEPADEM: 2017 (34 años después), sin reconocer interés
- Fecha
real de pago del CEPANIM: 2026 (43 años después), calculado con interés
simple y congelado en 2017
- Tasa
bancaria de los cheques posfechados: 5% anual, vencimiento hasta 2032 (6
años más para simplificar)
Si
el MEF tiene una tasa de mora oficial distinta al 3%, los resultados se ajustan
proporcionalmente, pero la estructura del argumento no cambia.
Paso
1 — CEPADEM: lo correcto vs. lo pagado en 2017
|
Fórmula |
Monto |
|
|
CEPADEM
correcto (compuesto, 1983→2017) |
1,000
× (1.03)³⁴ |
B/.2,731.95 |
|
CEPADEM
realmente pagado en 2017 |
capital
sin interés |
B/.1,000.00 |
|
Pérdida
ya consolidada en 2017 para jubilados |
B/.1,731.95 |
Paso
2 — CEPANIM: lo correcto vs. lo real
|
Fórmula |
Monto |
|
|
Total
justo en 2026 (capital + interés compuesto continuo, 1983→2026, 43 años) |
1,000
× (1.03)⁴³ |
B/.3,565.63 |
|
CEPANIM
que correspondería pagar en 2026 (descontando lo ya recibido en 2017) |
3,565.63
− 1,000 |
B/.2,565.63 |
|
CEPANIM
que realmente se calcula y emite (simple, congelado en 2017) |
1,000
× 0.03 × 34 |
B/.1,020.00 |
Aquí
ya se ve la primera brecha enorme: el certificado que debería valer B/.2,565.63
se emite por apenas B/.1,020.00 — menos del 40% de lo correcto, solo por usar
interés simple y cortar el reloj en 2017.
Paso
3 — El cheque posfechado (vencimiento 2032)
El
CEPANIM de B/.1,020 no se cobra en efectivo en 2026: se entrega como
certificado con vencimiento hasta 2032. Si el jubilado necesita liquidez hoy y
lo descuenta en el banco a la tasa de mercado del 5% compuesto a 6 años:
Descuento
= 1 − 1/(1.05)⁶ ≈ 25.4%
Efectivo
recibido hoy por el CEPANIM = 1,020 × (1 − 0.254) ≈ B/.761.15
Comparación
final: lo que debería tener en el bolsillo vs. lo que tiene
|
Monto |
|
|
Total
justo en 2026 (todo compuesto correctamente, sin necesidad de descuento) |
B/.3,565.63 |
|
Total
real en efectivo en 2026 (B/.1,000 recibidos en 2017 + B/.761.15 del CEPANIM
descontado en banco) |
B/.1,761.15 |
|
Brecha |
B/.1,804.48 |
|
Porcentaje
efectivamente recibido |
≈
49.4% |
Con
un caso concreto y verificable: por cada dólar que el Estado realmente debe, el
jubilado recibe 49 centavos. La mitad de la deuda se la come, en partes casi
iguales, el diseño del cálculo (interés simple, corte en 2017) y el descuento
bancario sobre papel no indexado.
CONCLUSIÓN:
UNA DEUDA FINANACIERA NO SE SALDA CON ASTUCIA
Es
indignante ver a especialistas financieros presentar a los jubilados como
personas "confundidas". El jubilado no está confundido; está
indignado porque sabe que le están pagando una deuda vieja con moneda devaluada
y papeles a futuro, y que para colmo, el banco del Estado le cobra un peaje
excesivo por su propio dinero.
Una
deuda social no se salda con fórmulas matemáticas convenientes para el deudor.
Se salda con cifras calculadas en forma precisa. Si el Estado pagó tarde, debe
asumir el costo de su propia ineficiencia. Entregar certificados posfechados
con intereses simples calculados a medias y permitir descuentos bancarios
abusivos no es "cumplir con los jubilados", es simplemente otra forma
de burlarse de quienes esperaron toda una vida para recibir lo que les
pertenece. La justicia financiera no es un favor, es un deber; y en el caso del
CEPANIM, el Estado panameño sigue en mora.
Lo
más grave no es el error de diseño —es corregible—. Lo grave es la estrategia
comunicacional que lo acompaña. Los mismos especialistas que calculan tasas de
descuento, valor presente neto y curvas de rendimiento todos los días salen ante cámaras a sugerir que la queja de
los jubilados por el "23% que les quita el banco" es producto de la
ignorancia o falta de educación financiera.
No
lo es. Es exactamente lo contrario: es el jubilado promedio detectando, con su
propio bolsillo como instrumento de medición, que algo en el cálculo no cierra.
Quien no entiende —o pretende no entender— es el funcionario que conoce la
fórmula de descuento compuesto y decide no aplicarla a favor del beneficiario.
UN
ASUNTO IDEOLOGICO
El
problema es que los gobernantes están convencidos de que le están dando un
obsequio a los jubilados y deben agradecerles por ser tan magnánimos al
entregarle esa limosna. Aunque ellos mismos seguramente son beneficiarios de los
CEPANIM $1,000 O $2,000 que recibirían no cubren los grandes negocios que
pueden hacer parientes, padrinos, compadres, copartidarios y amiguetes con los
millones que suma lo que le quitan a los jubilados
LO
QUE CORRESPONDERÍA TÉCNICAMENTE
- Recalcular
el CEPANIM con interés compuesto,
no simple, consistente con la naturaleza de mora de largo plazo de la
obligación original.
- Extender
el cálculo hasta la fecha efectiva de pago (2026), no hasta 2017. Todo año adicional de
demora del Estado es, por definición, mora nueva y debe generar interés.
- Indexar
el valor de los certificados post-fechados a la tasa de referencia bancaria
vigente (compuesta),
de modo que su valor presente al momento del cobro sea equivalente a
recibir el efectivo en 2026, y no penalice a quien no puede esperar hasta
2032.
- Publicar
la nota técnica de cálculo del MEF y la Contraloría, con la metodología y la tasa
utilizadas, sometida a revisión actuarial independiente. Una deuda
reconocida por la Corte Suprema de Justicia merece transparencia
metodológica, no solo un anuncio presidencial.
- Habilitar
el redescuento de los certificados directamente en el Banco Nacional a la
misma tasa que el Estado debería haber reconocido, evitando que el costo financiero de
la mora termine, una vez más, en el bolsillo del jubilado.
El
reclamo de los pensionados no nace de la confusión. Nace de una intuición
correcta que la aritmética confirma: el Estado diseñó un instrumento para pagar
una deuda histórica usando precisamente las herramientas —interés simple, fecha
de corte arbitraria, papel sin indexación— que permiten pagar menos de lo que
realmente se debe.
Elaborado por
el Profesor Felipe Argote con ayuda de Inteligencia Artificial Claude
(Anthropic), Manus, Gemini, ChatGPT y NotebookLM


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