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13 de octubre de 2026

 

CÓMO ANDA LA ECONOMÍA

EL TERREMOTO, EL DÉFICIT FISCAL Y EL FONDO DE AHORRO DE PANAMÁ

Por el Profesor Felipe Argote  |  13 de octubre de 2026

El terremoto reciente no solamente plantea el desafío de reconstruir viviendas, escuelas y otras infraestructuras. También obliga a responder una pregunta fiscal: ¿de dónde saldrán los recursos sin desconocer los límites que impone la ley al deficit fiscal?

Con base en un ejercicio preliminar de costos de reconstrucción, estimo una necesidad fiscal de B/.210.38 millones. La cifra no es un avalúo oficial del desastre ni equivale a todas las pérdidas económicas y privadas. Es un escenario de planificación que permite discutir las decisiones presupuestarias.

¿Cuánto costaría reconstruir?

Rubro

Costo estimado (B/. millones)

1,300 viviendas, a B/.31,000 cada una

40.30

35 escuelas: reconstrucción, a B/.1.5 millones

52.50

621 escuelas: reparaciones, a B/.40,000

24.84

Instalaciones de salud

7.50

Puentes

16.80

Carreteras y caminos

15.00

Acueductos

8.00

Edificios públicos

8.00

Atención de emergencia

10.00

Subtotal

182.94

Imprevistos: 15%

27.44

TOTAL ESTIMADO

210.38

Nota metodológica: la cantidad de viviendas y las afectaciones educativas son referencias de trabajo utilizadas en este ejercicio; el número de reconstrucciones completas, los costos unitarios y las partidas globales son supuestos propios, no presupuestos ni avalúos certificados. Se aplica 15% sobre B/.182.94 millones, con redondeo.

El verdadero efecto sobre el déficit fiscal

Para el análisis utilizamos un PIB nominal de B/.95,000 millones. Los B/.210.38 millones representan 0.2215% del PIB, aproximadamente 0.22 puntos porcentuales. Si el gasto se ejecutara íntegramente durante 2026, fuera adicional al presupuesto y no se compensara con ingresos o reducciones de otros gastos, aumentaría el déficit del Sector Público No Financiero en esa magnitud.

Pero hay una restricción fundamental: la Ley 34 de 2008, modificada por la Ley 445 de 2024, fija para 2026 un déficit fiscal máximo de 3.5% del PIB para el Sector Público No Financiero. Sobre un PIB de B/.95,000 millones, el techo equivale a B/.3,325 millones.

Indicador

B/. millones

% del PIB

PIB nominal supuesto

95,000.00

100.00%

Techo legal déficit SPNF 2026

3,325.00

3.50%

Reconstrucción estimada

210.38

0.22%

Déficit si ya se agotó el techo y se suma todo el gasto

3,535.38

3.72%

Exceso sobre el techo en ese escenario

210.38

0.22 puntos

Este 3.72% NO es una proyección del déficit efectivo de 2026. Es una prueba de tensión: solo se materializa si el déficit ya alcanzara el 3.5%, todo el gasto se registrara en 2026 y no hubiera compensaciones. El margen fiscal real dependerá del resultado del SPNF, la ejecución presupuestaria y el calendario de obras.

Si se financia la reconstrucción mediante préstamos, aparece liquidez, pero no desaparece el gasto ni se reduce el déficit. Si se reasignan partidas, se evita parte del incremento del gasto agregado, pero se desplazan otras inversiones. Las donaciones y el escalonamiento de las obras entre 2026 y 2027 pueden mitigar la presión fiscal anual.

El Fondo de Ahorro tampoco es una alternativa por ley

La legislación del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) prevé su utilización en determinados desastres, con requisitos específicos. Para emergencias declaradas por el Consejo de Gabinete, el valor de los daños debe exceder 0.5% del PIB. Con el PIB nominal supuesto, ese umbral es B/.475 millones.

Regla de referencia

B/. millones

0.5% de B/.95,000 millones

475.00

Costo fiscal estimado en este ejercicio

210.38

Distancia hasta el umbral

264.62

Con la cifra de trabajo de B/.210.38 millones no se alcanza el umbral. En consecuencia, no debe incorporarse un retiro del FAP como fuente disponible de financiamiento para este escenario. Además, el costo fiscal de reconstrucción no necesariamente coincide con el valor total de daños que define la ley; esa determinación exige la evaluación oficial y la aplicación estricta de las condiciones legales.

Reconstruir no es crear riqueza

Cuando una escuela destruida se reconstruye, la obra puede generar empleo y producción, pero el país está reponiendo un activo perdido. Los recursos podrían haberse destinado a nuevas escuelas, hospitales o redes de agua. Es el costo de oportunidad que Frédéric Bastiat explicaba mediante la parábola de la ventana rota. Por eso, el gasto de reconstrucción no debe confundirse con un beneficio económico neto del desastre.

¿Qué debe hacer el Gobierno?

El Ministerio de Economía y Finanzas debe publicar un presupuesto de reconstrucción por institución y por año, con costo unitario y fuente de financiamiento; distinguir daños económicos de obligaciones fiscales; identificar reasignaciones antes de aumentar la deuda; y transparentar contratos y ejecución física. El informe debe aclarar también qué parte afecta el déficit de 2026 y qué parte se ejecutará en ejercicios siguientes.

Conclusión

Mi estimación preliminar de B/.210 millones representa cerca de 0.22% del PIB que estamos utilizando. La cifra por sí sola no determina el déficit de 2026, pero muestra la presión que soportaría el presupuesto si los recursos fueran enteramente adicionales. El techo legal de 3.5% obliga a financiar la reconstrucción con rigor y transparencia. Tampoco cabe presentar al FAP como solución automática: el umbral de referencia de 0.5% del PIB asciende a B/.475 millones y esta estimación se encuentra por debajo.

El problema no es solamente conseguir dinero para reparar los daños. Es reconstruir sin improvisación y sin trasladar innecesariamente a las próximas generaciones el costo de nuestras decisiones actuales.

Fuentes y alcance

• Gaceta Oficial Digital, Texto Único de la Ley 34 de 2008, ordenado por la Ley 445 de 2024: https://www.organojudicial.gob.pa/uploads/blogs.dir/2/2024/12/665/texto-unico-de-la-ley-34-de-2008-de-responsabilidad-social-fiscal-ordenado-por-la-ley-445-de-2024.pdf

• Ministerio de Economía y Finanzas, reformas a la Ley 34 de 2008: https://www.mef.gob.pa/2024/10/reformas-a-la-ley-34-de-2008-de-responsabilidad-social-fiscal/

• MEF, Informe de la Cuenta General del Tesoro 2025, sección Fondo de Ahorro de Panamá: https://www.mef.gob.pa/wp-content/uploads/2026/03/MEF_Informe_Cuenta_General_Tesoro_2025.pdf

• SINAPROC, comunicado de evaluación del desastre (referencia para verificar cifras definitivas): https://www.sinaproc.gob.pa/comunicado-oficial-8/

• Presidencia de Panamá, anuncio de 1,300 viviendas (referencia de trabajo): https://www.presidencia.gob.pa/publicacion/gobierno-anuncia-construccion-de-mil-300-nuevas-viviendas-para-familias-que-perdieron-sus-hogares

Elaborado por el Profesor Felipe Argote con inteligencia artificial OpenAI. Estimaciones de costos y PIB de referencia establecidas para este análisis.


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