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10 de septiembre de 2018

SOBRE EL DÉFICIT FISCAL EN LA ECONOMÍA PANAMEÑA


Por Felipe Argote


Antes de 2008 no había en Panamá legislación alguna que comprometiera al estado a respetar una disciplina fiscal. Es la ley 34 de 2008 la que instaura un compromiso del estado de que su déficit fiscal no será mayor del 1% del producto interno bruto PIB. Sin embargo, como es corriente en nuestro país, este compromiso no lo asume el gobierno en ejercicio, el del presidente Martín Torrijos, si no que este se compromete a lograr la disciplina fiscal en el 2011, en el segundo año de mandato del gobierno siguiente.
Mientras la economía panameña seguía creciendo a dos dígitos, el gobierno de Ricardo Martinelli no se limitaba en el gasto. Un número plural de edificaciones, la ampliación del canal y un entorno internacional favorable elevó el crecimiento económico, pero aun con este incremento del PIB el déficit se elevó, empujado por el aumento espectacular del gasto. Ante esto, el gobierno decidió reformar la ley 34 casándola con la creación del Fondo de Ahorro de Panamá. El FAP traslada los ahorros del Fondo Fiduciario para el Desarrollo creado por el gobierno del presidente Ernesto Pérez Balladares a partir de los ingresos proporcionados por la privatización de las empresas estatales en la década del 90 del siglo pasado.
La ley 38 del 2012, adicional a la creación del FAP, que a diferencia del Fondo Fiduciario es un “fondo soberano” creado en países con superávit para establecer inversiones eficaces y aprovechar los ahorros para darles más rentabilidad que un fondo fiduciario, incluye el creativo concepto de “déficit ajustado”, que a mi juicio era el propósito real del cambio en la norma. El déficit ajustado consiste en aumentar el déficit máximo comprometido en un monto idéntico a la diferencia de los aportes del canal y el 3,5 por ciento del PIB. El criterio es que se espera que el canal brinde en utilidades el 3.5% del PIB. Si no lo hace, entonces la diferencia se ajusta al déficit fiscal elevándolo. Por ejemplo, en ese año 2012 el PIB panameño fue de 40,600 millones de dólares. El canal ese año aportó al estado una utilidad de 1,032 millones de dólares. De entregar el 3,5 por ciento del PIB transferiría 1,415 millones de dólares. La diferencia no entregada, esto es 383 millones de dólares se suben al déficit que si fuera del 1% sumaria 404.3 millones de dólares.  La diferencia no aportada permite una razón para elevar el déficit por lo que puede ser de 787.3 millones de dólares. Esto es 1.9% del PIB. Luego establece un compromiso de déficit ajustado en 2.9% en 2012, 2.8% en 2013, 2.7% en 2014, 2% en 2015, 1.5% en 2016 y 1% en 2017.
Iniciando el gobierno del presidente Juan Carlos Varella, el Ministerio de Economía y Finanzas se percata que el
déficit ese año, producto de los gastos descontrolados para procurar la reelección del gobierno de Cambio Democrático, iba a cerrar por encima del 4%. Esto sería violatorio de la ley 38, por tanto, impulsa la ley 25 de 2018 que modifica el déficit fiscal ajustado con el siguiente calendario: 4.1% en 2014, 2% en 2015, 1.5% en 2016 y 1% en 2017. Si bien la nueva ley elabora un calendario para recuperar la disciplina fiscal, no elimina el concepto de “déficit fiscal ajustado”, muy cómodo para evadir el compromiso del 1% con el subterfugio del ajuste en función de la diferencia entre el 3.5% del PIB que muy difícilmente puede aportar el Canal de Panamá como transferencia de utilidades al estado panameño.
En el año 2017 el déficit fiscal fue de 1,004 millones de dólares o un 1.7% del PIB, sin embargo, al aplicarse el ajuste este se redujo al 1% establecido por ley. El déficit se redujo porque el Canal de Panamá en lugar de transferir 2,053 millones de dólares que sería el 3.5% del PIB solo transfirió 1,650 millones de dólares. Al reducir del déficit los 602 millones de diferencia aparece mágicamente el 1% aplicado de la contabilidad creativa.
En este año 2018 se esperaba un crecimiento de la economía en un 5.5% por tanto el PIB se calculó en 65,239 millones de dólares, de ser así, el déficit debía alcanzar 652 millones de dólares. Actualmente el pronóstico se ajusta 4,5%.  En consecuencia, el déficit fiscal debe reducirse a 646 millones de dólares.
El canal por su parte ha presupuestado este año transferir al gobierno central 1,736 millones de dólares. El 3.5% del nuevo PIB proyectado es 2,262 millones de dólares, por tanto, el ajuste sumaria 526 millones de dólares, que es la diferencia entre el 3.5% del PIB y la utilidad transferida efectivamente. El déficit ajustado en este año 2018, si se da este crecimiento de la economía, será de 1,172 millones de dólares.
A mi juicio este procedimiento de ajuste del déficit fiscal es innecesario, confuso e irrelevante porque incluye variables adicionales al cálculo que igual no afecta el resultado final. Creo que debe establecerse un1.5% del PIB de déficit fiscal y listo. Esto es 646 millones. De hecho, Panamá con un déficit fiscal real de 1.7%. es uno de los países con menor déficit fiscal en el mundo.
Si eliminamos a Venezuela cuyo déficit está por encima del 20% dentro de América Latina en 2017, según cifras del Banco Mundial, el país de mayor déficit fiscal es Brasil que presentó un 8.2%, luego Argentina con 7% y este año sin duda subirá mucho más, Bolivia con 6.5%, Ecuador 6%, Costa Rica 5.9%, Uruguay con 3.5% y Chile con 2.8%. Países que presentan menos déficit fiscal que Panamá en América Latina son México con1.4%, Paraguay 0.8%, Honduras con 1.5% y Guatemala con 1.1%. Entre los países desarrollados Estados Unidos presenta en el 2017 un déficit 3.5%, Japón 4.5%, España 4.5%, Francia 3.4 % y Reino Unido 3%. Solo Alemania tienen un superávit del 1.1%
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